Nueva normativa europea sobre Cookies 2020

COOKIES-2020

La Comisión Europea ha obligado a la Agencia Española de Protección de Datos a cambiar parte de su criterio sobre la obtención del consentimiento acerca de las cookies de las webs, este cambio requiere modificar individualmente el mensaje que aparece cuando un visitante accede por primera vez a vuestra web.

El no cumplimiento de esta ley puede suponer sanciones por lo que es importante que lo acometamos cuanto antes ya que nos daban de plazo hasta 31 de Octubre y por motivos técnicos no ha sido posible disponer del plugin antes.

Aquí tenéis un ejemplo de la actualización en una demo de Pymesenlared: https://estilo31.pymesenlared.es/

Os dejo información más detallada de los requerimientos:

1. La aceptación por scroll o “si sigues/continúas navegando” ya no son válidas como formas de prestar el consentimiento. De manera resumida solo se considera válida la aceptación con un botón de aceptar. Por tanto, la ventana inicial informativa deberá mantenerse hasta que el usuario realice la acción requerida para la obtención del consentimiento o su rechazo.

2. Además del botón de aceptar, hay que disponer de un botón para rechazar las cookies y que el usuario pueda seguir navegando.  Esta acción requiere un cambio en el plugin de cookies que permita esta funcionalidad.

3. También hemos de considerar el cambio de criterio respecto a los llamados «muros de cookies» que deniegan el acceso a un sitio web si no se aceptan las cookies. No podrán ser usados, a no ser que «se ofrezca una alternativa de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies». El motivo es que no hay un consentimiento “libre” y claro por el usuario.
En la práctica este cambio de criterio implica que la cláusula de COOKIES es correcta, excepto en la información inicial que modificamos con esta acción.

Si todavía queréis leer más, este es el enlace para descargar la normativa completa, según la AEPD.

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